Las licencias y permisos del profesorado de Religión vienen regulados en el Acuerdo de 27 de julio de 2004, y
son los recogidos en este cuadro con el soporte legal del Acuerdo Sectorial,
excepto las licencias por estudios. También son de aplicación los puntos 2 y 5
del apartado “Profesores Interinos”, y todas aquellas normas que afecten a los
afiliados al régimen general de la Seguridad Social.
Shalom.
Pablo Coronado Romero.

